En el caso de ser un extranjero jubilado o en el caso de recibir inversiones mensuales en el exterior y se desee residir en Perú, el Gobierno otorga la Visa Rentista para poder acceder a la Residencia. La misma sólo puede ser tramitada en Perú a través de Superintendencia Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior del Perú en Lima.
Para ser beneficiaria de la misma los requisitos son los siguientes:
Llenado del Formulario F-007.
Copia legible del pasaporte o documento de viaje vigente. El beneficiario de la visa debe encontrarse en situación migratoria regular.
Declaración Jurada de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales a nivel nacional e internacional.
Copia legalizada o autenticada por el fedatario de Migraciones del documento original del país de donde proviene la renta, que acredite que el solicitante percibe un ingreso neto permanente no menor a mil (US $ 1,000) dólares, el cual deberá estar legalizado por el Consulado Peruano y visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillado.
En caso de renta de fuente nacional, documento que acredite la percepción por parte del beneficiario.
En caso de renta de fuente extranjera, constancia que el dinero ingresa al país a través de una institución bancaria.
Este tipo de Visa, prohíbe cualquier acción que implique las actividades lucrativas o remuneradas. El plazo de otorgamiento y de permanencia es indefinido ya que la calificación de Temporal o Residente dependerá de los dispositivos legales vigentes, la documentación presentada y la discrecionalidad de la autoridad migratoria.
Por último todo documento que estuviera en idioma extranjero deberá ser traducido al castellano por Traductor Colegiado o Traductor Público Juramentado y en el caso de familiares de rentista, además de presentar los documentos pertinentes, deberán probar un ingreso adicional de quinientos dólares (US. $ 500) por cada familiar o dependiente.
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