Ecuador ha sido valorado como uno de los mejores lugares para vivir en el continente Sudamericano, dado sus fantásticos recursos naturales, su variedad climática, la dolarización de su economía y la notable incidencia gubernamental en el sector de los emprendimientos.
Por un lado, se destaca la imperceptible inflación y la notoria estabilidad de su economía.
Por otro lado, al hacer mención a este país, una de las primeras políticas que se menciona es la Ley Orgánica de Emprendimiento e Innovación, la cual tiene por objeto establecer el marco normativo que incentive y fomente el emprendimiento, la innovación y el desarrollo tecnológico, promoviendo la cultura emprendedora e implementando nuevas modalidades societarias y de financiamiento para fortalecer el ecosistema emprendedor.
El ámbito de esta ley se circunscribe a todas las actividades de carácter público o privado, vinculadas con el desarrollo del emprendimiento y la innovación, en el marco de las diversas formas de economía pública, privada, mixta, popular y solidaria, cooperativista, asociativa, comunitaria y artesanal.
Con este simple panorama, ya podemos entender la razón por la cual, desde hace ya unos años, gran cantidad de extranjeros buscan obtener la ciudadanía ecuatoriana.
¿Las ventajas de esta ciudadanía?
No te será prohibida la adquisición de ciertos títulos destinados a la explotación económica de las tierras, y tampoco, las concesiones en zonas de seguridad nacional. Esto significa que podrás aprovechar es la mayor medida posible todas las oportunidades económicas que se te presenten a fin de provocar el crecimiento de tu emprendimiento, si es que ya tiene uno.
Además, gracias a los acuerdos internacionales que sostiene el Estado ecuatoriano, sus ciudadanos pueden transitar libremente en todos los países de América del Sur con sólo mostrar su pasaporte -no se incluyéndose Brasil y Guyana Francesa-.
Ahora bien, dimensionando que este pasaporte es uno de los más fáciles de obtener en toda América del Sur, surge el interrogante de sus requisitos para obtenerla.
Entonces, la nacionalidad ecuatoriana se puede obtener ya sea por nacimiento o por naturalización, y no se perderá por el matrimonio o su disolución, ni por la adquisición de otra nacionalidad.
Específicamente, podrán solicitar la naturalización ecuatoriana:
1. Las personas ecuatorianas que hayan adoptado niños, niñas y adolescentes extranjeros, en representación de estos;
2. Los extranjeros en situación de protección internacional otorgada por el Ecuador y que hayan residido de forma regular y continua por tres años en territorio nacional;
3. Aquellos que hayan prestado servicios relevantes en el país de acuerdo a sus talentos y esfuerzos individuales;
4. Los habitantes de territorios fronterizos extranjeros que den crédito de ser parte de los Pueblos Ancestrales del Ecuador;
5. Las personas extranjeras que hayan residido de forma regular y continua al menos tres años en el país;
6. Las personas reconocidas como apátridas por el Estado ecuatoriano que hayan residido de forma regular y continúa por dos años en territorio nacional.
Aquellas personas que ingresen en algunas de las categorías del número 5 o 6, podrán obtener la nacionalidad ecuatoriana mediante un proceso administrativo, es decir, por carta de naturalización.
En otras palabras, la carta de naturalización se dirige a todas las personas naturales extranjeras con residencia permanente por lo menos de tres años a la fecha de ingreso de la solicitud, o con reconocimiento de al menos dos años como apátrida por el Estado Ecuatoriano.
En este caso, se debe iniciar la solicitud del trámite conforme a los lineamientos de cada una de las oficinas prestadoras de servicios en el país.
Aquí, los requisitos obligatorios, consisten en:
Un turno solicitado para la Naturalización:
El Formulario de solicitud de nacionalidad ecuatoriana por Carta de Naturalización que se llenará en la respectiva Coordinación Zonal del lugar de domicilio del solicitante;
La Residencia regular y continua de al menos tres años en el Ecuador al momento de ingresar la solicitud;
No haberse ausentado del territorio ecuatoriano por un período máximo de ciento ochenta días (180) por año, durante los tres (3) primeros años, contados a partir de la emisión de la visa de residencia permanente;
Tener más de 18 años cumplidos a la fecha de la solicitud;
Si se trata de menores de 18 años, se requiere el consentimiento de quienes tengan la patria potestad o tutela legal y se escuchará la opinión de los niños, niñas y adolescentes conforme a lo establecido en la ley competente;
Original de la Partida/Acta de Nacimiento, debidamente apostillada o legalizada y traducida al castellano de ser el caso;
La prueba supletoria de los datos de filiación o de nacimiento únicamente en casos excepcionales, determinados por la Dirección de Visados y Naturalizaciones, debidamente apostillados o legalizados y traducidos al castellano de ser el caso;
El documento de identidad y pasaporte en el que conste la visa de residencia;
Los antecedentes penales del lugar de su residencia de los últimos cinco años, debidamente apostillados o legalizados y traducidos al castellano en el caso de encontrarse en otro idioma;
El movimiento migratorio actualizado a la fecha de ingreso de la solicitud;
Demostrar medios lícitos de vida en el país, salvo el caso de menores de 18 años o personas con discapacidad que dependan económicamente de un tercero quien deberá demostrar los medios lícitos de vida, a través de la presentación de los siguientes documentos:
Los certificados de cuentas bancarias en el Ecuador de los últimos seis (6) meses y que reflejen al menos un ingreso mensual mínimo de un Salario Básico Unificado como promedio.
Los certificados de tarjetas de crédito, de los últimos seis (6) meses en los que se refleje al menos un gasto mensual mínimo de un Salario Básico Unificado.
Los títulos de propiedad o recibo del último pago del Impuesto Predial de bienes muebles e inmuebles, respectivamente, en el Ecuador.
El certificado actualizado de matrícula vehicular si fuere el caso.
El contrato de trabajo registrado ante autoridad competente o nombramiento debidamente legalizado.
El certificado de Afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
La copia del Registro Único de Contribuyentes, en este caso se deberá adicionalmente, presentar los tres (3) últimos pagos del Impuesto al Valor Agregado y Pago del Impuesto a la Renta de los dos (2) últimos ejercicios fiscales.
Finalmente, como última categoría para agregar en la enumeración de personas habilitantes a fin de conseguir la ciudadanía ecuatoriana, se encuentran, los extranjeros que mantengan matrimonio o unión de hecho con un ciudadano ecuatoriano y, que hayan transcurrido dos años contados a partir de la fecha de inscripción del matrimonio o de la unión de hecho con una persona ecuatoriana en la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación.
Requisitos Obligatorios:
Un turno solicitado para Naturalización;
El formulario de solicitud de nacionalidad ecuatoriana por matrimonio o unión de hecho que se llenará en la respectiva Coordinación Zonal del lugar de domicilio del solicitante extranjero;
Original de la Partida/Acta de nacimiento del solicitante extranjero, debidamente apostillada o legalizada y traducida al castellano de ser el caso;
La prueba supletoria de los datos de filiación o de nacimiento del solicitante extranjero, en casos excepcionales determinados por la Dirección de Visados y Naturalizaciones, debidamente apostillados o legalizados y traducidos al castellano de ser el caso;
Original del pasaporte del solicitante extranjero y cédulas de identidad ecuatorianos de los cónyuges o de los convivientes;
Los movimientos migratorios vigentes de los cónyuges o de los convivientes a la fecha de ingreso de la solicitud;
Los antecedentes penales del lugar de residencia de los últimos cinco años del solicitante extranjero, debidamente apostillados o legalizados y traducidos al castellano en el caso de encontrarse en otro idioma;
Original del Acta de Matrimonio o Acta de Registro de la Unión de Hecho emitidos por la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación de la República del Ecuador;
Demostrar medios lícitos de vida en el país, salvo el caso de menores de 18 años o personas con discapacidad que dependan económicamente de un tercero quien deberá demostrar los medios lícitos de vida, a través de la presentación de los siguientes documentos:
Los certificados de cuentas bancarias en el Ecuador de los últimos seis (6) meses y que reflejen al menos un ingreso mensual mínimo de un Salario Básico Unificado como promedio.
Los certificados de tarjetas de crédito, de los últimos seis (6) meses en los que se refleje al menos un gasto mensual mínimo de un Salario Básico Unificado.
Los títulos de propiedad o recibo del último pago del Impuesto Predial de bienes muebles e inmuebles, respectivamente, en el Ecuador.
El certificado actualizado de matrícula vehicular si fuere el caso.
El contrato de trabajo registrado ante autoridad competente o nombramiento debidamente legalizado.
El certificado de Afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
La copia del Registro Único de Contribuyentes, en este caso se deberá adicionalmente, presentar los tres (3) últimos pagos del Impuesto al Valor Agregado y Pago del Impuesto a la Renta de los dos (2) últimos ejercicios fiscales.
La documentación parece ser realmente extensa, pero aseguramos que por los años de experiencia en este tipo de trámites, con el correspondiente asesoramiento, resulta ser una de las ciudadanías más fáciles de obtener.