A la hora de salir del territorio Argentino, es necesario verificar con antelación la documentación requerida.
Los argentinos deberán usar el DNI físico o pasaporte para los destinos del Mercosur y sus Estados asociados. En el caso de Estados Extra-Mercosur es necesario el Pasaporte y su respectiva Visa, en caso de ser requerida.
Por otro lado, los extranjeros residentes, pueden viajar a los países Mercosur y sus asociados con en el DNI o el pasaporte de su País, si es fuera de esos territorios, es indispensable el Pasaporte.
En tanto que los extranjeros que ingresaron como “temporarios” o “transitorios” y se encuentran excedidos en su plazo de permanencia autorizada, se tendrá que tramitar la “Habilitación de Salida” ante Migraciones.
Con respecto a la salida de menores de 18 años, además del documento según se trate Mercosur o Extramercosur, se necesitan distintas autorizaciones de acuerdo a las diversas posibilidades: - Si ambos padres viajan con el menor, solo bastara acreditar el vínculo parental o DNI del menor si es que en ese documento constan los datos filiatorios de ambos progenitores. - Si sólo se hace con uno de los padres, además de acreditar el vínculo parental, se necesita la autorización del progenitor ausente. -Si ambos padres son adolescentes se requerirá además de su consentimiento, el de cualquiera de los padres por parte de cada padre adolescente. En caso de que falte algún consentimiento se requerirá autorización judicial supletoria. -Si el menor viaja acompañado de su tutor o curador, deberá acreditarse la resolución judicial respectiva; la designación/aceptación del tutor o curador, debiendo ser presentadas legalizadas y certificadas y en su caso, traducidas al idioma castellano y legalizado o apostillado según corresponda.
En cualquiera de los casos, si uno o ambos progenitores no pueden o no quieren dar su consentimiento, será necesaria la Autorización Judicial Supletoria.